Las perspectivas económicas
antes del Huracán Mitch, eran esperanzadoras. Los objetivos
macroeconomicos se fijaban en un crecimiento del 5% para 1998 y una
inflación controlada del 16%. Las reservas internacionales y la
disciplina fiscal contribuían a brindar un panorama de estabilidad a
la economía nacional. Las inversiones en Maquila, Turismo y productos
no-tradicionales como el melón, Camarón, Tabaco y vegetales forman
el sector más dinámico y son fuente de trabajo masivo. Sin embargo
los efectos directos del Huracán Mitch en toda la agroindustria son
considerables. Se necesitan varios años para recuperar el nivel
productivo antes del Mitch. Para enfrentar los retos que plantea la
reconstrucción del País, el Gobierno del Presidente Carlos Roberto
Flores ha integrado un Gabinete de Reconstrucción e incorporado las
fuerzas sociales y económicas para asumir con decisión el Proceso de
Reconstrucción de Honduras.
- ACUERDO EJECUTIVO
- NUMERO 041-98
- EL PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO: Que mediante
Decreto Ejecutivo Número PCM-025-98 de fecha 25 de Noviembre de 1998
se creó el Gabinete Especial de la Reconstrucción Nacional con el
objeto de coordinar los proyectos, programas y acciones que requiera
la reconstrucción nacional y asesorar al Presidente de la República
en la determinación de prioridades y criterios sobre los mismos para
el proceso de reactivación económica y social del país.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 5
del Decreto antes citado establece que el Gabinete Especial de la
Reconstrucción nacional tanto para la preparación del Plan Maestro
como para acciones de seguimiento y ejecución contará con un
mecanismo de consulta y participación de las diversas organizaciones
e instituciones.
POR TANTO:
En aplicación de lo establecido
en el Artículo 245 párrafo primero, numeral 11, de la Constitución
de la República, Decreto Ejecutivo Número PCM-025-98, del 25 de
Noviembre d e1998, Artículo 116 y 118 de la Ley General de al
Administración Pública.
ACUERDA
ARTICULO 1.- Nombrar como
Representantes ante el Gabinete Especial de la Reconstrucción
Nacional en diferentes áreas y como un mecanismo de consultar y
participación, a los ciudadanos siguientes:
AREA DE REHABILITACION DEL
SECTOR PRODUCTIVO:
- Roberto Leiva
- Eduardo Facusé Handal
- Mario Nufio Gamero
- Oswaldo Kaffati
- Felicito Avila Ordóñez
- Israel Salinas
- Reina Dinora Aceituno
AREA DE SISTEMA FINANCIERO
- Guillermo Bueso
- Ricardo Maduro
- Jacobo Atla Zablah
AREA DE SALUD
Plutarco Castellanos
AREA DE INFORMACION Y
COMUNICACION SOCIAL
Nahum E. Valladares
AREA DE DESARROLLO LOCAL Y
ENLACE MUNICIPAL
- José Manuel Zelaya Rosales
- Mauro Membreño Tosta
- (Municipio del Distrito Central)
- Johny Anton Bendeck Bendeck
- (Municipio de San Pedro Sula y
resto del país).
AREA DE CONSULTA Y LEGISLACION:
- Leonidas Rosa Bautista
- Carlos Alberto Gómez Moreno
AREA DE APOYO Y GESTION
LEGISLATIVA:
- Miguel Rafael Madrid
- Angelo Bottazi Suárez
ARTICULO 2.- El Secretario
Ejecutivo del Foro Nacional de Convergencia (FONAC) MARCO ORLANDO
IRIARTE, canalizará ante el Gabinete de la Reconstrucción Nacional
las propuestas de los diferentes sectores de la Sociedad Civil que lo
integran.
ARTICULO 3.- Los ciudadanos
nombrados desempeñarán sus funciones y responsabilidades en el área
signada y a requerimiento del Gabinete de la Reconstrucción.
ARTICULO 4.- Los nombrados tomarán
posesión de sus cargos una vez que presten la Promesa de Ley y sus
funciones las desempeñarán en forma Ad-Honórem.
ARTICULO 5.- El presente Acuerdo
Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la fecha y deberá ser
publicado en el Diario Oficial "La Gaceta".
Dado en Casa Presidencial,
Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los siete días del mes
de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
- CARLOS R. FLORES F.
- PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- GUSTAVO A. ALFARO Z.
- SECRETARIO DE ESTADO DEL
- DESPACHO PRESIDENCIAL
- DECRETO EJECUTIVO NUMERO
PCM-025-98
- EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPUBLICA
- EN CONSEJO DE MINISTROS
CONSIDERANDO: Que los efectos
del Huracán MITCH han sido tan devastadores que ha obligado
al Gobierno de la República a replantear sus acciones,
programas y proyectos prioritarios, con el objeto de lograr al menor
tiempo posible la reconstrucción del país.
CONSIDERANDO: Que mediante
Decreto No.284-98 de fecha 20 de noviembre de 1998, el
Soberano Congreso Nacional aprobó la iniciativa presentada
por el Poder Ejecutivo de la "Ley de Facilitación
Administrativa para la Reconstrucción nacional" que dota al Poder
Ejecutivo de la flexibilidad necesaria para enfrentar dentro
del marco de sus atribuciones, la situación que
vive el país y la reconstrucción nacional.
CONSIDERANDO: Que se hace
necesaria la creación dentro del Poder Ejecutivo de un ente
que coordine y asuma la responsabilidad total de
ejecutar con la mayor agilidad y en el menor tiempo posible, las
labores y acciones en torno al proceso de la reconstrucción
nacional.
CONSIDERANDO: Que el artículo
12 en relación con el Artículo 13 de la Ley General
de Administración Pública reformados por la Ley antes
citada, establecen que el Presidente de la República
creará los Gabinetes Sectoriales y el Gabinete Especial de la
Reconstrucción Nacional para que le coordinen los programas,
servicios, dependencias o entidades descentralizadas de la
administración pública con las facultades que se determinen
en el Decreto de su creación.
POR TANTO
En aplicación de lo establecido
en el Artículo 245 párrafo 1, numerales 11 y 252 de la Constitución
de la República, artículos 11, 12, 13, 15, 17, 2 numeral 9, 116 y
117 de la Ley General de la Administración Pública.
DECRETA
ARTICULO 1.- Crear el Gabinete
Especial de la Reconstrucción Nacional, con el objeto de coordinar
los proyectos, programas y acciones que requiera la reconstrucción
nacional y asesorar al Presidente de la República en la determinación
de prioridades y criterios sobre los mismos para el proceso de
reactivación económica y social del país.
- ARTICULO 2.- El Gabinete Especial de la
Reconstrucción Nacional estará integrado por los Señores
Secretarios de Estado de:
-
- La Secretaría de Estado del Despacho
Presidencial.
- La Secretaría de Estado en los Despachos de
Obras
- Públicas, Transporte y Vivienda;
- La Secretaría de estado en el Despacho de
Finanzas; y,
- El titular de la Secretaría Técnica y de
Cooperación
- Internacional.
- El Presidente del Banco Central de Honduras y
el Secretario de Estado en el despacho de Relaciones Exteriores
actuarán como asesores Especiales.
- El Gabinete Especial de la Reconstrucción
Nacional estará presidido por el Señor Presidencial de la República
y en su
- ausencia lo coordinará el Secretario de
Estado del Despacho Presidencial.
-
- ARTICULO 3.- El Gabinete Especial de la
Reconstrucción Nacional tendrá las atribuciones o facultades
siguientes:
-
- · Preparar el Plan Maestro de Reconstrucción
Nacional y determinar y clasificar los proyectos prioritarios.
-
- · Coordinar la gestión gubernamental para
la captación de financiamientos y donaciones para la reconstrucción.
-
- · Determinar las acciones para la ejecución
de los proyectos prioritarios.
-
- · Establecer los procedimientos e instruir a
las unidades competentes sobre los procedimientos que a su juicio
resulten más expeditos para la ejecución de programas, proyectos
y acciones previstos en el Plan de la Reconstrucción Nacional.
-
- · Presentar al Presidente de la República
los informes que este requiera.
-
- · Velar por el estricto cumplimiento y la
ejecución del Plan Maestro de la Reconstrucción Nacional.
-
- · Mantener comunicación permanente con los
diferentes sectores nacionales.
-
- · Conocer de todos aquellos asuntos que
someta a su consideración el Presidente de la República.
ARTICULO 4.- Todas las Secretarías
de Estado, entes Desconcentrados e Instituciones Descentralizadas,
ejecutarán los programas, proyectos y demás acciones en base a las
prioridades aprobadas por el Señor Presidente de la República
contenidas en el Plan Maestro de la Reconstrucción Nacional y estarán
sujetas obligatoriamente a las instrucciones del Gabinete especial de
la Reconstrucción Nacional.
ARTICULO 5.- Como un mecanismo
de Consulta y participación, las diversas Organizaciones e
Instituciones a quienes se les solicite, podrán acreditar
representantes ante el Gabinete Especial de la Reconstrucción, tanto
para la preparación del Plan Maestro como para acciones de
seguimiento y ejecución. También podrá participar el Secretario
Ejecutivo del Foro Nacional de Convergencia (FONAC).
ARTICULO 6.- El Gabinete
Especial de la Reconstrucción Nacional queda facultado para integrar
Comisiones de Asesoría y Consulta, Sub-Comisiones Regionales de
Enlace y podrá contratar Consultores Nacionales e Internacionales.
Será asistido por un Grupo Técnico integrado por la Unidad de Apoyo
Técnico (UNAT) dependiente de la Secretaría de estado del Despacho
Presidencial, que lo coordinará y personal de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Finanzas y Banco Central de Honduras y la
colaboración de las diferentes instituciones de la Administración Pública
Centralizada y Descentralizada.
ARTICULO 7.- El presente Decreto
Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el
Diario Oficial "La Gaceta".
Dado en Casa Presidencial,
Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinticinco días
del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
- CARLOS R. FLORES F.
- PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
-
- J. DELMER URBIZO P. JOSE RAMON
CALIX FIGUEROA
- SECRETARIO DE ESTADO SECRETARIO DE ESTADO
EN DESPACHOS DE EN EL DESPACHO DE OBERNACIÓN Y JUSTICIA
EDUCACION
-
-
- MARCO ANTONIO ROSA
- SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE SALUD
-
-
- MARIA ELIZABETH CHIUZ SIERRA
- SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD
-
-
- GUSTAVO A. ALFARO Z. JOSE
FERNANDO MARTINEZ
- SECRETARIO DE ESTADO SECRETARIO DE DEL
DESPACHO ESTADO EN EL DESPACHO PRESIDENCIAL DE RELACIONES
EXTERIORES
-
- JULIAN ARISTIDES GONZALES IRIAS
- SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DEFENSA NACIONAL, POR LEY
-
- GABRIELA NUÑEZ DE REYES
- SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE FINANZAS
-
- REGINALDO PANTING
- SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INDUSTRIA Y COMERCIO
-
- TOMAS R. LOZANO REYES ANDRES
VICTOR ARTILES
- SECRETARIO DE ESTADO SECRETARIO DE ESTADO
EN LOS DESPACHOS EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PUBLICAS, DE TRABAJO
Y SEGURIDAD TRANSPORTE Y VIVIENDA SOCIAL
-
- MIGUEL ANGEL BONILLA REYES
- SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
AGRICULTURA Y GANADERIA, POR LEY
-
- ELVIN ERNESTO SANTOS LOZANO
- SECRETARIO DE ESTADO EN OS DESPACHOS DE
RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
-
- HERMAN ALLAN PADGETT
- SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
CULTURA, ARTES Y DEPORTES
-
- NORMAN GARCIA PAZ
- SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
TURISMO
-
- ANIBAL DELGADO FIALLOS
- DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL
AGRARIO
-
- JOSE MANUEL ZELAYA ROSALES
- DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO HONDUREÑO DE
INVERION SOCIAL
-
- MOISES STARKMAN PINEL
- SECRETARIO TECNICO Y DE COOPERACION
INTERNACIONAL